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Para viajar con perros, gatos u otras mascotas en avión es necesario que prepares principalmente estos dos requisitos:

  • Un transportín también conocido como canil para algunos países, que cumpla con las siguientes características
  • Documentación previa que te solicitarán en el país de destino al que quieras viajar.

En Woof Airlines te asesoramos de forma personalizada, analizando tu caso, tipo de transporte que necesitas, destino y tipo de mascota. Te ayudaremos a solucionar cualquier inconveniente durante todo el itinerario del servicio contratado con nosotros.

Hemos preparado para ti un listado de requisitos para viajar con tu mascota en avión desde Europa, hacia los siguientes países:

Argentina

Antes de viajar con tu perro o gato en avión u otro transporte con destino Argentina, es necesario que leas atentamente esta nota y prepares estos requisitos:

Información para el ingreso de perros, gatos a Argentina:

Para el transporte e ingreso de perros y gatos con destino a la República de Argentina de países miembros de la UE, este país ha decidido aceptar el pasaporte europeo, establecido en la Decisión 2003/803/CE, como equivalente al certificado sanitario oficial emitido por las Autoridades Sanitarias de los países miembros.

Por ello, para introducir un perro o un gato procedente de España u otro país miembro de la UE en la República de Argentina, será suficiente que éste vaya acompañado por dicho pasaporte, siempre que en el mismo se incluya la siguiente información:

• Vacuna antirrábica vigente
• Examen clínico de salud vigente, realizado no más de 10 días antes de realizar el viaje

Una vez cumplimentadas estas secciones por el veterinario clínico, deberá validarse el pasaporte por un veterinario oficial de sanidad animal.
Más información: 

Condiciones Básicas

El Consulado no otorga permisos para el ingreso de animales a Argentina. Para viajar con un perro o gato en el avión el dueño debe coordinar el embarque con la aerolínea directamente. Para evitar que el animal sea puesto en cuarentena al llegar a Argentina se requiere un certificado zoosanitario y una constancia de vacunación Antirrábica.

Ambos certificados deben ser otorgados por un veterinario matriculado y certificados por el U.S. Department of Agriculture, Animal and Plant Health Inspection Division, Veterinary Services (VS).

Para ubicar un veterinario matriculado y el VS Area Office en su estado,
visita este site 

El certificado zoosanitario debe estar redactado o traducido al castellano, legalizado por medio de “Apostille” y contener:

• Datos identificatorios del propietario: nombre y apellido, domicilio.
• Datos identificativos del animal: raza, sexo, fecha de nacimiento, pelaje, tamaño y señas particulares.
• País de procedencia, de destino y de tránsito, cuando correspondiera.
• El certificado debe asegurar que el animal identificado fue examinado dentro de los diez (10) días previos al embarque, no presentando ningún signo clínico de enfermedades propias de la especie.

La constancia de vacunación antirrábica será requerida para todo canino y felino mayor de 3 (tres) meses de edad.

Cuarentena

Los animales que cumplan con los anteriores requisitos no realizarán cuarentena de importación.
En caso de sospechas de enfermedades infecto-contagiosas zoonóticas o de alto riesgo para la República Argentina, el personal del Servicio arbitrará los medios que aseguren su aislamiento y/o medidas cuarentenarias correspondientes.

Chile

Antes de viajar con tu perro o gato en avión u otro transporte con destino Chile, es necesario que leas atentamente esta nota y prepares estos requisitos:

Información para el ingreso de perros, gatos y hurones a Chile

Para el transporte de perros, gatos y hurones con destino a Chile de países miembros de la UE, el Servicio de Agricultura y Ganadería (SAG) ha decidido aceptar el pasaporte europeo, establecido en la Decisión 2003/803/CE, como equivalente al certificado sanitario oficial emitido por las Autoridades Sanitarias de los países miembros.
Por ello tanto para introducir una mascota (perro, gato o hurón) procedente de España u otro país miembro de la UE en Chile, será suficiente que esta vaya acompañada por dicho pasaporte, siempre que en el mismo se incluya la siguiente información:

– vacuna antirrábica vigente
– desparasitación externa
– desparasitación interna
– examen clínico de salud vigente, realizado no más de 10 días antes de realizar el viaje.

Una vez cumplimentadas estas secciones por el veterinario clínico, deberá validarse el pasaporte por un veterinario oficial de sanidad animal dependiente de la Delegación o Subdelegación de Gobierno. No es necesario ni el reconocimiento consular, ni la apostilla de la Haya.

– Si tu mascota es hurón, debes solicitar con al menos 60 días de anticipación a la fecha de ingreso, la Autorización para la Internación de Fauna Exótica a la División de Protección de Recursos Naturales Renovables del SAG
– Si ingresa al país por vía aérea, verifica previamente con la aerolínea la forma de traslado de la mascota: como equipaje acompañado o carga. En este último caso, el proceso constituye una internación, sujeta a tramitación aduanera.

Para ingresar a Chile con perros, gatos y/o hurones, la persona que acompañe al animal deberá presentar los siguientes requisitos:

– Un certificado sanitario otorgado por la autoridad sanitaria oficial del país de procedencia de la mascota, extendido en español y en la lengua oficial del país de origen, que tenga una vigencia máxima de 10 días-calendario.

El certificado debe acreditar que la mascota:

-Fue sometida a un examen clínico por parte de un médico veterinario dentro de los 10 días previos al embarque, en el cual se le reconoció libre de enfermedades infecciosas transmisibles y parasitarias
– Fue vacunada contra la rabia, como mínimo un mes y como máximo 12 meses antes del embarque o se le efectuó un examen para determinar anticuerpos contra el virus de la rabia, entre tres y 24 meses antes del viaje.
– Recibió un tratamiento antiparasitario externo e interno de amplio espectro dentro de los 30 días previos al embarque. Debe indicarse el principio activo de los antiparasitarios aplicados, la dosificación y fecha de aplicación.
– En el caso específico de los hurones, que cuente con la Autorización para la Internación de Fauna Exótica de la División de Protección de Recursos Naturales Renovables del SAG.

– Adicionalmente el certificado debe incluir:
– Antecedentes del propietario.
– Antecedentes de la mascota (vacunaciones, exámenes y tratamientos).
– Dirección donde permanecerá en Chile.

Colombia

Antes de viajar con tu perro o gato en avión u otro transporte con destino a Colombia, es necesario que leas atentamente esta nota y prepares estos requisitos:

-Certificado de salud del animal: expedido como máximo durante los 10 días anteriores al embarque por un veterinario clínico colegiado, en el que se debe incluir nombre del animal, raza, sexo, edad del animal y en el que conste que el animal no presenta ningún signo clínico de enfermedad infectocontagiosa ni parasitaria, no hay presencia de heridas frescas o en proceso de cicatrización y se encuentra en condiciones de realizar el viaje.

Asimismo, en este certificado hay que hacer constar que el animal consta de un plan vacunal vigente de acuerdo a la edad y especie del animal. Se adjuntará la cartilla de vacunación en la que se indicarán los nombres de las vacunas utilizadas y las fechas de administración.

– Certificado de exportación genérico, expedido por un veterinario de sanidad animal de la Delegación o Subdelegación de Gobierno.

Estados Unidos

Antes de viajar con tu perro o gato en avión u otro transporte con destino a Estados Unidos, será necesario tener en cuenta lo siguiente:

    • Todo perro y/o gato (animal de compañía) será sometido a una inspección en cualquiera de los puertos de entrada a EE.UU. Si el animal presenta síntomas de enfermedad, se le realizará un examen exhaustivo por un veterinario colegiado y el dueño se hará cargo de los costos del mismo, si se detectara evidencia de alguna enfermedad infecciosa transmisible al ser humano la entrada del animal será denegada.

 

    • Los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades no exigen la presentación de un certificado veterinario de “buena salud” para la entrada de perros y gatos pero para algunas compañías aéreas o/y algunos países en los que se puedan hacer escala se trata de un documento indispensable.

 

    • Presentación de un documento oficial en el que se indique que el perro esta vacunado frente a la rabia al menos 30 días antes de la entrada en el país. Excepto en el caso de cachorros menores de tres meses y de perros procedentes o establecidos durante 6 meses en zonas que se consideren libres de la rabia. Para más información: http://www.cdc.gov/animalimportation/dogs.html

 

    • Para la entrada de gatos a EEUU no es necesario que el animal haya sido vacunado contra la rabia.

 

  • Los collies, perros pastores y otros perros importados de cualquier país (excepto Canadá, México y regiones de Centroamérica y las Antillas) que se vayan a utilizar para cuidar ganado, se han de someter a inspección y cuarentena durante un plazo suficiente para descartar la presencia de tenia

Guatemala

Antes de viajar con tu perro o gato en avión u otro transporte con destino a Guatemala, será necesario tener en cuenta lo siguiente:

El o los perros deben venir acompañados por un Certificado Zoosanitario y de Origen emitido en idioma español, expedido por un Médico Veterinario debidamente registrado y autorizado en su país para ejercer las funciones profesionales de su competencia. -Validez de tres (3) meses-.

El certificado debe contener el nombre y dirección del dueño y el nombre, raza, sexo, edad e identificación (tatuaje, chip o reseña física) del perro a ser exportado.

La información adicional debe incluir:

CERTIFICACIONES
1. Examen que acredite buen estado de salud y libres de signos clínicos de enfermedades infectocontagiosas y parasitarias.
2. Examen que acredite que no posee heridas o laceraciones recientes, ni signos de enfermedad.
3. Vacunados contra la rabia. Se debe indicar el nombre comercial del producto usado. Perros menores de tres (3) meses de edad no necesitan ser vacunados.
4. Los animales fueron tratados contra endo y ectoparásitos con productos aprobados por el país de origen.
5. El ejemplar no estuvo en áreas con presencia de enfermedades infectocontagiosas o en contacto con animales con sintomatología de las mismas.

Presentar la documentación en original con el Delegado Agropecuario del SEPA/OIRSA destacado en la aduana de ingreso al país

REQUISITOS PARA IMPORTACIÓN DE GATOS DOMÉSTICOS

El/los gato/s deben venir acompañados por un Certificado Zoosanitario y de Origen emitido en idioma Español (en caso de idioma diferente debe venir en calidad de traducción jurada), expedido por un Médico Veterinario debidamente registrado y autorizado en su país para ejercer las funciones profesionales de su competencia.

El certificado debe indicar:
1. El nombre y dirección del dueño.
2. Los datos generales del animal: nombre, color, sexo, raza, identificación (número de chip o tatuaje, o reseña física).
3. Que el felino no estuvo en áreas con presencia de enfermedades infectocontagiosas o en contacto con animales de la misma especie con sintomatología de las enfermedades mencionadas.
4. Que el felino fue sometido a un examen clínico, no encontrando síntomas de enfermedad alguna, ni presencia de heridas frescas o laceraciones recientes.
5. Que el felino fue tratado contra endo y ectoparásitos con productos aprobados por el país de origen.
6. Si el felino tiene más de tres meses de edad, el Médico Veterinario deberá certificar que recibió la vacuna antirrábica, indicando nombre de la vacuna, nombre del fabricante, fecha de aplicación y fecha de caducidad de la misma.
7. Si el animal tuviese menos de tres meses de edad no necesita certificar la vacuna antirrábica debiéndose hacer constar en el certificado.

NOTA : No es necesario tramitar ante el Departamento de Protección y Sanidad Pecuaria la Autorización Zoosanitaria de Importación; sin embargo es necesario presentar el Certificado Zoosanitario y de Origen en original al Delegado SEPA/OIRSA destacado en la aduana de ingreso
al país. El certificado debe haber sido emitido dentro de los seis meses anteriores al arribo del animal a Guatemala.

Por seguridad de la mascota, es recomendable que ésta reciba las siguientes vacunas:
– Panleucopenia felina
– Rinotraqueitis felina

Costa Rica

Antes de viajar con tu perro o gato en avión u otro transporte con destino a Costa Rica, será necesario tener en cuenta lo siguiente:

Certificado Sanitario para la exportación a Costa Rica de perros y gatos procedentes de España. (ASE- 1470). No es necesario que este certificado sea legalizado mediante el Apostillado de La Haya o el Reconocimiento consular.

Si las mascotas viajan al país sin el dueño, el propietario deberá solicitar el Formulario de Requisitos Sanitarios que presentará en la Dirección de Cuarentena animal, cuya denominación es DCA-PG-12-RE-02, completamente relleno, original y firmado con bolígrafo azul.

Este documento puede obtenerse en las oficinas centrales en Barreal de Heredia, vía fax, por correo electrónico o descargarse de la siguiente dirección web: http://www.senasa.go.cr/senasa/sitio/files/290113030042.pdf

Adicionalmente, el importador debe solicitar a través de una agencia aduanal el Formulario de Autorización de Desalmacenaje por medio de PROCOMER.
En los casos en que las solicitudes estén incompletas, el SENASA notificará dicha situación al solicitante a fin de que en el plazo de 10 días sea completada o subsanada.

La solicitud será resuelta en un plazo máximo de 24 horas hábiles, en forma afirmativa o negativa, de acuerdo con el horario de las oficinas centrales de la Dirección de Cuarentena Animal.

El plazo comenzará a regir a partir del recibo del documento original.
Cuando no se otorgue el Formulario de Requisitos Sanitarios, se entregará una resolución explicando los motivos que se tomaron en consideración para denegarlo.

– Si las mascotas viajan al país transportadas en cabina como equipaje de mano y son acompañadas por su dueño no requieren el Formulario de Requisitos Sanitarios.

Únicamente deberán presentar en el puesto de inspección fronterizo el Certificado Sanitario emitido por la autoridad competente en esta materia (ASE-1470). El dueño debe justificar que su mascota llegará en su mismo vuelo.
Es responsabilidad del usuario el presentar los documentos que se le solicitan ante las autoridades de Cuarentena Animal en el puesto de inspección fronterizo, previo a su desalmacenaje.

El importador deberá comunicar con 72 horas de antelación al ingreso de los animales a los
funcionarios oficiales del puesto de inspección fronterizo, donde le solicitarán todos los documentos que prueben que las mascotas cumplen con los requisitos indicados en el Certificado Sanitario.

El animal será sometido a una inspección en el momento de su ingreso en el país, si el veterinario oficial observarse signos de enfermedad, procederá a realizar un examen objetivo general a la mascota. Si después de practicado dicho examen, el veterinario oficial dictamina que padece alguna enfermedad infectocontagiosa, se procederá a retener al animal para su observación y toma de muestras.

En el caso de que se trate de una mascota que viaja como carga o ingresa al país sin el dueño, el veterinario oficial emitirá la Constancia de Inspección, documento que debe conservar el importador.

Se recomienda que confirme con la embajada del país de destino si existe algún otro requisito a parte de los recogidos en la presente nota informativa, o si los mismos hubieran cambiado (con la suficiente antelación para realizar todas las gestiones necesarias.

Ecuador

Antes de viajar con tu perro o gato en avión u otro transporte con destino a Ecuador, será necesario tener en cuenta lo siguiente:

El animal estará amparado por un Certificado Zoosanitario de Exportación, expedido por la autoridad oficial de sanidad animal del país exportador, previo al cumplimiento de los requisitos que se mencionan es ese documento, puedes consultar en la siguiente dirección:

http://cexgan.magrama.es/Modulos/Default.aspx

– No será necesario que el Certificado Zoosanitario de Exportación sea validado mediante una legalización a través del Apostillado de La Haya o visado consular.

Es muy recomendable solicitar el pasaporte europeo, en el que se debe indicar que se ha realizado la prueba serológica antirrábica en un laboratorio autorizado.

Se recomienda que confirme con la embajada del país de destino si existe algún otro requisito a parte de los recogidos en la presente nota informativa, o si los mismos hubieran cambiado (con la suficiente antelación para realizar todas las gestiones necesarias).

Israel

Antes de viajar con tu perro o gato en avión u otro transporte con destino a Israel, será necesario tener en cuenta lo siguiente:

1. La importación de perros y gatos a Israel requiere una licencia de importación emitida por el Director de los Servicios Veterinarios del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

2. Ninguna persona podrá importar un animal si no es a través de los siguientes puertos de entrada: Aeropuerto Ben Gurion, puerto marítimo Haifa, puerto marítimo Ashdod y puerto marítimo Eilat.

3. La importación debe ir acompañada por un certificado oficial de salud, el cual debe ser emitido en un periodo no superior a los 10 días previos a la llegada del animal y debe ser firmado por un veterinario del gobierno del país de origen, siguiendo el modelo de certificado ASE- 953 adjunto al permiso de importación, y el cual constituye una parte del mismo.

4. El perro/gato no debe tener menos de 4 meses de edad a su llegada a Israel, con excepción de llegadas de los países: Oceanía, Gran Bretaña, Japón, y Chipre, de los cuales la mascota podrá ser importada con 3 meses de edad.

5. Está prohibido importar un perro que pertenezca a una raza peligrosa, así como un perro que resulte del cruce con una raza peligrosa y exhiba un comportamiento típico y rasgos físicos similares a aquellos de una raza peligrosa. Excluyendo casos excepcionales, acompañados por una licencia del Director. Las especies peligrosas son: Staffordshire Bull Terrier Americano (Amstaff), Bull Terrier, Dogo Argentino, Tosa Japonés, Staffordshire Bull Terrier, Pit Bull Terrier, Fila Brasileiro y Rottweiler.

6. Todos los perros y gatos deben ser identificados con un chip electrónico subcutáneo que transmita en una frecuencia de 134.2 kilohercios y pueda ser leído con un lector de microchip que cumpla las disposiciones de ISO Standard Nº. 11784 o el anexo A del ISO Standard 11785. Si el chip no cumple con estos standards, el importador o el representante del importador debe facilitar otro sistema para la lectura del mismo. Es importante conocer que este tipo de microchip electrónico no cumple con los requerimientos legales israelíes para la identificación.

7. Todos los perros/gatos requieren un certificado veterinario de salud, como se indica anteriormente, el cual exponga:
– En el momento del examen no presentaba ningún síntoma de enfermedad contagiosa
– Las mascotas han sido vacunadas contra la rabia en el periodo comprendido entre un año y 30 días previos a la llegada a Israel, con la excepción de llegadas de Oceanía, Gran Bretaña, Japón y Chipre; dichos perros, si no estuvieran vacunados, deben ser vacunados contra rabia en los 5 días desde su llegada a Israel.
– 30 días después de la vacunación de rabia, se realizará un test serológico antirrábico, sobre una muestra tomada por un veterinario autorizado y analizado en un laboratorio autorizado por la OIE, que exponga que el título de anticuerpos para la neutralización de rabia fue igual o mayor a 0.5 IU/ml.

8. El importador/propietario deberá enviar por fax a las oficinas de los Servicios Veterinarios del puerto de entrada (Aeropuerto Ben Gurion Fax:+972-3-9772033, Haifa: +972-4-8622455, Ashdod: +972-8-8565673 y Eilat: +972-8-6323054) una notificación correspondiente al anexo B del formulario adjunto, y la fotocopia del certificado veterinario que acompaña el envío. El fax debe ser enviado en los dos días laborables previos al embarque en el avión o barco. El envío no será liberado hasta que haya sido autorizado por los Servicios Veterinarios en el puerto de entrada.

9. Perros y gatos que sean importados como parte del equipaje de acompañamiento de sus propietarios – hasta un límite de dos mascotas – están excluidos de la obtención de una licencia de importación del Director, siempre que cumplan los requisitos de los puntos 3 al 6 y sean acompañados por un certificado de salud emitido por un veterinario del gobierno en el país de origen en los 10 días previos a su fecha de importación, y declare que los animales fueron examinados y encontrados sanos y libres de enfermedades contagiosas. El certificado debe ser acompañado por una declaración de los propietarios reconociendo que los animales han estado bajo su posesión al menos en los 90 días previos a ser introducidos en Israel.

La importación de perros y gatos como equipaje de acompañamiento también requiere que se faciliten los detalles indicados en el párrafo anterior.

10. Los perros y gatos que a su llegada se encuentren en buen estado de salud y presenten la documentación requerida, no necesitarán un periodo de cuarentena en Israel.

11. En el caso de que los requerimientos de los Servicios Veterinarios no se hayan cumplido por completo, los gatos/perros serán devueltos a su país de origen, eliminados o transferidos a instalaciones de cuarentena bajo el criterio del Director y de acuerdo con las condiciones que él dicte.

12. Al importador/propietario se le cargarán todos los costes incurridos debido a la devolución a su país de origen, la eliminación y/o la transferencia a las instalaciones de cuarentena, incluyendo exámenes, diagnósticos, vacunaciones, y tratamientos especiales si lo ordena el veterinario del gobierno.

China

Antes de viajar con tu perro o gato en avión u otro transporte con destino a China, será necesario tener en cuenta lo siguiente:

Para el movimiento de perros y gatos con destino a China desde España, de acuerdo con la información facilitada por el “General Administration of Quality Supervision, Inspection and Quarantine (AQSIQ)”, se deben cumplir los siguientes requisitos:

– El animal debe ir acompañado por un certificado de salud emitido por un veterinario colegiado, en el que se indique que el animal está en buen estado de salud y vacunado frente a la rabia. Además, se adjuntará como certificado de vacunación la cartilla sanitaria o el pasaporte europeo.

– Posteriormente, el certificado de salud deberá ir acompañado con un Certificado de exportación genérico, expedido por un veterinario de sanidad animal de la Delegación o Subdelegación de Gobierno.
– Los animales deberán realizar una cuarentena entre 7 y 30 días en una zona aislada del aeropuerto de llegada, y adicionalmente, puede añadirse una estancia en el domicilio del propietario del animal aislado durante unos días.

– Certificado Sanitario de exportación genérico de animales de compañía exportados a países de fuera de la lista del Reglamento 998/2003.

Europa

Antes de viajar con tu perro o gato en avión u otro transporte con destino a Europa, será necesario tener en cuenta lo siguiente:

Tu mascota tendrá que::

– Estar identificada con un microchip.
– Estar vacunada frente a la rabia con una vacuna válida en el momento de realizar el viaje.
– Disponer de un pasaporte europeo para el movimiento de animales de compañía.

Y si va a Reino Unido, Irlanda, Malta, Finlandia o Noruega, además:

– Deberás tratar a tu perro contra E. multilocularis entre 24 y 120 horas antes de llegar al país.

REQUISITOS ADICIONALES NORUEGA (perros)

– Tratamiento contra E. multilocularis 24-120 horas antes de la entrada en el país (alternativa cada 28 días y doble el mes anterior de entrar)

– Presentación de documentación en destino.

España

Antes de viajar con tu perro o gato en avión u otro transporte con destino a España, será necesario tener en cuenta lo siguiente:

Para introducir un animal de compañía desde un país tercero, deberá entrar con su animal de compañía a través de uno de Puntos de Entrada de viajeros designados, y declarar al Resguardo Fiscal de la Guardia Civil que viaja con un animal de compañía, presentando la documentación del mismo.

En aquellos casos en los que no se disponga de pasaporte europeo para el movimiento de animales de compañía, los animales deberán venir acompañados por:

– Un certificado zoosanitario, que deberá ir firmado por un veterinario oficial del país tercero, y presentarse al menos en castellano.
– Y una declaración, ambos conforme a los modelos de la UE.
– Copia certificada de los datos de identificación y vacunación del animal/animales.

Además, tu mascota deberá:

– Estar identificada con un microchip.
– Estar vacunada frente a la rabia con una vacuna válida en el momento de realizar el viaje.

Rusia

Antes de viajar con tu perro o gato en avión u otro transporte con destino a Rusia, será necesario tener en cuenta lo siguiente:

Para el movimiento de perros y gatos como animal de compañía con destino a Rusia que forma parte de la Unión Aduanera, se admite que vayan acompañados de un pasaporte o certificado internacional.

El pasaporte puede equivaler a un certificado veterinario, a condición de que este pasaporte esté sellado y firmado por un organismo competente, certificando, que el animal ha sido sometido a un examen clínico en los últimos 5 días previos a su envío, de acuerdo con el capítulo 15 de los Requisitos Veterinarios y Sanitarios Únicos para los productos sujetos a control veterinario (inspección), aprobado por la Decisión de la Comisión de la Unión Aduanera el 18 de junio 2010 Número 317 (publicado en el sitio web de Rosselkhoznadzor en:

http://www.fsvps.ru/fsvps-docs/ru/laws/tsouz/317.pdf75

En el pasaporte (en la sección correspondiente) o en el certificado internacional deberá incluirse la siguiente información:

-Identificación de los perros y gatos con microchip o tatuaje
-Vacunas. Se realizarán al menos 20 días antes del envío de los animales, si los mismos no han
sido vacunados durante los últimos 12 meses
-Vacunación antirrábica vigente
– Otras vacunaciones

Para perros:
a) Moquillo o peste de los carnívoros
b) Hepatitis canina
c) Leptospirosis
d) Parvovirosis canina

Para gatos
a) Panleucopenia felina

-Examen clínico de salud vigente, realizado no más de 5 días antes de realizar el viaje.
Una vez cumplimentadas estas secciones por el veterinario clínico, deberá validarse el pasaporte por un veterinario oficial de sanidad animal dependiente de la Delegación o Subdelegación de Gobierno

-Hasta dos animales, no se requiere ningún tipo de autorización del Rosselkhoznadzor, siempre y cuando estén acompañados de un pasaporte o certificado internacional.

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